Cada año, normalmente durante el mes de septiembre se abren las inscripciones para acceder a los cupos en los establecimientos educativos oficiales de Bucaramanga, cuyos trámites se indicarán a través de la página de la Secretaría de Educación: www.seb.gov.co.
Si el tramite lo requiere en unas fechas diferentes al cronograma establecido por la Secretaría de Educación de Bucaramanga, debe dirigirse directamente al establecimiento educativo de su interés para consultar la disponibilidad del cupo y el proceso que debe adelantar.
Si registra los datos a través de www.seb.gov.co / Educación Superior, recibirá a través de correo electrónico la información sobre la apertura de convocatorias, en las que podrá participar si cumple los requisitos y el programa de su interés es ofertado.
Los requisitos pueden variar según la convocatoria; sin embargo, existen algunos criterios generales que se solicitan de manera recurrente en el proceso de postulación:
- Ser bachiller graduado de una institución pública.
- Residir en la ciudad de Bucaramanga.
- Estar vinculado al régimen subsidiado de salud (Sisbén), en las categorías A, B o C.
- Pertenecer a los estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
- Haber presentado las pruebas ICFES.
La apertura de las convocatorias depende de la disponibilidad presupuestal asignada por la Secretaría de Educación.
Sin embargo, se recomienda estar atentos a la página web oficial y a las redes sociales (Facebook e Instagram) de la Secretaría, así como a otros medios de comunicación.
A través de estos canales se publican los términos de referencia, las instituciones de educación superior aliadas, los programas ofertados y el enlace para la inscripción y cargue de documentos.
Esta información es de conocimiento público y está disponible durante los periodos de convocatoria.
El programa consiste en el otorgamiento de un beneficio educativo mediante el cual el Municipio, en cofinanciación con Instituciones de Educación Superior (IES) aliadas, financia el 100% del valor de la matrícula ordinaria por semestre en cualquiera de los programas de educación técnica, tecnológica y/o profesional.
Este beneficio se otorga por una única vez, hasta la culminación del programa académico, siempre y cuando no se exceda el número de semestres reglamentarios o los créditos académicos establecidos por cada IES.
El beneficio no cubre costos adicionales distintos a la matrícula, como inscripción, cursos, derechos de grado, libros, conectividad a internet, entre otros. Estos gastos deben ser asumidos por el beneficiario para poder acceder y mantenerse en el programa académico, según las normativas de cada institución.
Sí, los docentes, directivos docentes y administrativos de las I.E.O. adscritos a la SEB pueden participar de actividades Culturales y Deportivas en sus distintas fases Municipales, Departamentales y Nacionales.
Sí, cada vigencia es publicado y socializado el cronograma de actividades aprobado para Bienestar Laboral SEB, que puede ser consultado por el apartado «BIENESTAR LABORAL» en: https://www.seb.gov.co/index.php/talento-humano/.
¿Existe un medio de contacto dispuesto para los Docentes y Directivos para el tema de SST en la SEB?
Sí, puede contactarse por medio de correo electrónico a: sst@bucaramanga.edu.co.
Todas las Instituciones Educativas de carácter público y privado ofertan una educación con calidad e inclusiva en el marco de la educación formal desde el grado preescolar hasta grado once.
De acuerdo a lo orientado por la norma decreto 1421 de agosto 29 del 2017 todos y todas los niños, niñas, jóvenes con discapacidad matriculados en las Instituciones Educativas oficiales y No oficiales se les debe elaborar, diseñar e implementar el Plan Individual de Ajustes Razonables.
Sí, todos los estudiantes sin excepción con discapacidad son beneficiarios del programa de alimentación escolar como una estrategia de permanencia.
No, la Secretaría responsable de emitir el certificado de discapacidad es la Secretaria de Salud.
La Secretaría de Educación de Bucaramanga ha dispuesto la Guía de Trámites, la cual se encuentra disponible en la página web institucional a través del siguiente enlace: https://www.seb.gov.co/index.php/guia-de-tramites/.
Es importante tener en cuenta que los numerales 3, 4 y 5 de dicha Guía corresponden a los trámites gestionados ante la Oficina de Escalafón Docente, donde se le brindará orientación sobre los requisitos y el procedimiento para radicar su solicitud.
Al finalizar el año académico, se debe realizar una evaluación del desempeño laboral y de competencias (artículo 31 del Decreto 1278 de 2002). Si la evaluación es satisfactoria —es decir, alcanza el puntaje mínimo que exige la norma—, el docente adquirirá los derechos de carrera docente y será inscrito en el Escalafón Docente, en el grado que le corresponda según su formación académica.
En caso de que el docente sea profesional no Licenciado en Educación, existe una exigencia adicional: al término del período de prueba deberá acreditar estar cursando o haber finalizado un posgrado en educación o un programa de pedagogía para profesionales no licenciados.
Para acceder a un ascenso de grado o a la reubicación de nivel salarial, los educadores oficiales regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 deben participar en el proceso de evaluación establecido en los artículos 35 y 36 (numeral 2°) de dicho decreto. Para presentarse a esta evaluación, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscrito en el Escalafón Docente y ejercer efectivamente el cargo con derechos de carrera.
- Haber cumplido tres (3) años de servicio efectivo, continuos o no, contados a partir de la fecha de la primera posesión en período de prueba.
- Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en las dos últimas evaluaciones anuales de desempeño.
La Secretaría de Educación de Bucaramanga ha dispuesto la Guía de Trámites, la cual se encuentra disponible en la página web institucional a través del siguiente enlace: https://www.seb.gov.co/index.php/guia-de-tramites/.
Es importante tener en cuenta que los numerales 3, 4 y 5 de dicha Guía corresponden a los trámites gestionados ante la Oficina de Escalafón Docente, donde se le brindará orientación sobre los requisitos y el procedimiento para radicar su solicitud.
Los documentos requeridos para la posesión del cargo se encuentran relacionados en el Formato Hoja de Ruta Control de Documentos Docentes y Directivos Docentes, disponible en el siguiente enlace: https://www.seb.gov.co/index.php/formatos/.
Debe dirigirse a la Casa del Libro con la Resolución de Nombramiento y el Decreto Salarial Docente (Decreto 596 de 2025). Allí se le liquida la estampilla correspondiente a su asignación salarial.
Una vez aceptado el cargo que se le comunicó, la Oficina de Posesiones le informará en los días siguientes la fecha en la que debe presentarse para tomar posesión del cargo.
Debe acercarse a la Oficina de Posesiones de la Secretaría de Educación, donde se le entregará el respectivo oficio dirigido a Tesorería y a la Casa del Libro, con el cual podrá realizar el trámite de sus estampillas.
La Secretaría de Educación notificará a los correos autorizados o registrados en la plataforma SIGEP y/o Sistema Humano, por lo que es responsabilidad del docente mantenerlos actualizados.
- Pensión ordinaria de jubilación (docente nacional, nacionalizado, docente territorial)
- Pensión de invalidez
- Pensión por vejez
- Pensión por aportes
- Pensión Post-mortem (20 años y 18 años)
- Reliquidación pensional
- Sustitución pensional
- Indemnización por accidente de trabajo
- Indemnización por enfermedad profesional
- Auxilio funerario por fallecimiento del pensionado
- Seguro por muerte
- Cesantía definitiva
- Cesantía definitiva a Beneficiarios Cesantías parciales frente a las cuales se presenta la siguiente clasificación de acuerdo a la necesidad del docente: Compra, reparación, estudio, liberación de hipoteca, leasing habitacional.
- Auxilio por enfermedad profesional
- Auxilio por accidente de trabajo
- Mesadas a herederos.
Conforme a las directrices emitidas por el MEN y FOMAG-Fiduprevisora el medio de gestión habilitado actualmente a los Entes Territoriales Certificado es la plataforma de HUMANO EN LINEA, Link https://rrhh.gestionsecretariasdeeducacion.gov.co/HumanoEL/Ingresar.aspx?Ent=Bucaramanga.
Las prestaciones deben tramitarse en estricto orden cronológico de radicación ante el ente territorial nominador.
El reconocimiento y pago de cesantías parciales o definitivas puede tomar hasta 70 días hábiles contados a partir de la radicación de la prestación con la completitud de los documentos requeridos para cada tipología, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, tiempo que debe contarse desde el momento de la radicación completa de la documentación ante la Secretaría de Educación certificada hasta la fecha de pago realizado por el Fondo conforme a lo ordenado en el acto administrativo expedido por el ente nominador.
Los términos para el reconocimiento y pago de las prestaciones varían según el riesgo que se ampara: El término para resolver las solicitudes de reconocimiento pensional que amparan el riesgo de vejez es de 4 meses siguientes a la fecha de la radicación completa de la solicitud por parte del peticionario. Una vez notificado y ejecutoriado del acto administrativo que reconoce las solicitudes, la sociedad fiduciaria deberá efectuar los pagos correspondientes dentro de los dos meses siguientes. (Reconocimiento pensional que cubra el riesgo de vejez o la indemnización sustitutiva y las demás solicitudes que se deriven de ajustes o reliquidaciones de estas prestaciones).
En lo que respecta a las pensiones de invalidez y sobrevivencia el término para resolver las solicitudes de reconocimiento pensional es de 2 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud por parte del peticionario. Una vez notificado y ejecutoriado del acto administrativo que reconoce las solicitudes, la sociedad fiduciaria deberá efectuar los pagos correspondientes dentro de los dos meses siguientes. (Aplica para reconocimiento pensional, auxilios, indemnizaciones por enfermedad profesional, por accidente de trabajo y sustitutivas de pensión de invalidez y las demás que por disposición legal reconoce el Fondo).
No, las solicitudes pueden ser presentadas directamente por los docentes, directivos docentes y/o beneficiarios (titulares del derecho) ante la Secretaría de Educación por lo que no es necesario un contrato de mandato por representación para proceder a efectuar las solicitudes prestacionales. En caso de presentar alguna inconsistencia, duda o inquietud a sus solicitud puede comunicarse al teléfono fijo (+57) 6337000 Ext 375 del Fondo Prestacional y/o acercarse a las Oficinas de manera presencial del Fondo Prestacional de la Secretaría de Educación de Bucaramanga, ubicada en la calle Carrera 11 #34-52 Edificio Fase II Piso 3.
Nos permitimos dar a conocer el paso a paso para la legalización de documentos, que debe ser autenticadas las firmas ante notaría, e informamos que solo se legaliza documentos de la ciudad de BUCARAMANGA:
- Ingresar a la página de la Secretaría de Educación www.seb.gov.co
- Ubicarse en la pestaña SAC Consulta, Quejas, Reclamos y Felicitaciones
- Escoger la opción Ingrese Aquí
- Ingresar usuario y contraseña si ya se encuentra registrado.
- Si NO se encuentra registrado registrarse al instante, llenando un breve cuestionario en el cual debe diligenciar para continuar y escoger si es Persona Natural o Jurídica.
- Llenar todos los campos necesarios para crear con éxito su usuario.
- Dirigirse al botón Guardar que se encuentra en la parte superior del formulario.
- Recibirá un correo electrónico indicándole su usuario y contraseña.
- Si ya se encuentra registrado y no recuerda su contraseña da clic en la opción Recordar Contraseña.
- Ya creado El Usuario nos Devolvemos al paso 4. Ingresar usuario y contraseña.
- Al ingresar a SAC 2.0 dirigirse a la pestaña Legalizaciones.
- Para radicar una solicitud ingresar a la opción Solicitar Legalización.
- Seleccionar tipo de documento, diligenciar todos los datos teniendo en cuenta que los campos marcados con un * son obligatorios, podrá anexar el documento haciendo clic en Seleccionar Archivo.
- Se debe realizar una (1) radicación por cada Documento.
- El documento debe estar escaneado a color en formato PDF por las dos caras así esta se encuentre en blanco, la información debe ser clara, legible y completa y no deberá pesar más de 5MB.
- Por favor evitar cargar documentos en un mismo PDF, de lo contrario su solicitud será Rechazada.
- La información registrada en el sistema de legalizaciones del solicitante y el titular del documento a legalizar debe ser la misma información del documento adjunto.
- Oprimir el botón Agregar y el sistema le mostrará el siguiente mensaje ¿Seguro desea guardar la información?, dar clic en Aceptar.
- Tener en cuenta el número de radicado para futuras reclamaciones.
- El aplicativo SAC enviará una notificación al correo electrónico registrado anteriormente.
- Para Consultar de Legalizaciones, ingrese al módulo de legalizaciones y de clic en la opción legalizaciones radicadas.
- Ingresé el número de radicado y verifiqué el estado de su legalización.
- Para Salir, diríjase a la parte superior derecha de la pantalla donde está su usuario, haga clic en la flecha y por último la opción Cerrar Sesión.
Los requisitos establecidos están en el decreto 1075/2015, y en la circular 144/2023, que puede descargar de la página de la Secretaría de Educación (https://www.seb.gov.co/wp-content/uploads/2023/05/CIRCULAR-144-NORMATIVIDAD-REQUISITOS-LICENCIA-REGISTRO-NOVEDADES-ETDH.pdf) y la actualización del documento maestro (https://www.seb.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/actualizacion_anexo2_circular144.pdf).
La Corte Constitucional ha expresado en varias sentencias que los colegios no pueden retener los documentos académicos de las deudas que tienen las familias con los colegios, siempre y cuando, se demuestre incapacidad de pago por parte del deudor y medie un acuerdo de pago entre las partes.
Realizar la solicitud por el SAC, anexando el acta de nacimiento y/o PPT para los migrantes venezolanos. Para los colombianos, el documento de identidad.
La Secretaría de Educación puede expedir los certificados de notas, actas y diplomas de grado, de los colegios cerrados siempre y cuando, los libros nos los hayan entregado. Para los certificados de notas y/o actas es necesario:
- Comprar estampilla pro hospital en la Casa del Libro Total (Cl 35 #9-81, Bucaramanga) o por la página web (https://edeskprisma.syc.com.co/SANTANDER) por cada certificado solicitado
- Indicar el nombre completo y documento de identidad del solicitante. (Solo se expide el documento a nombre de la persona que hizo la solicitud a través del SAC o con autorización escrita).
- Indicar el nombre del colegio, grado y año en que cursó estudios.
Para el caso de copias de las actas y/o duplicados de diploma de grado, se debe solicitar a través del SAC, indicando colegio y año de grado. Adjuntando el documento de identidad.